Revista Nº 34 Julio 2019

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Artículos

María José Senent Vidal (coordinadora)

Responsabilidad de las personas administradoras de la sociedad laboral por incumplimiento de los deberes específicos

María Soledad Fernández Sahagún

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Las personas administradoras de las sociedades mercantiles en general, dentro de sus competencias de gestión y representación de aquéllas, deben actuar de forma diligente y leal, anteponiendo el cumplimiento del interés social a otros fines particulares; lo mismo ocurre con las personas administradoras de las sociedades laborales que, además, deben atender a los principios y valores propios de la economía social. La Ley 44/2015 de Sociedades Laborales y Participadas, recoge por primera vez de forma expresa un conjunto especifico de deberes que les son propios, exigiendo que la conducta de las personas administradoras de las sociedades laborales sea responsable, adoptando políticas o estrategias que fomenten las prácticas de buen gobierno, el comportamiento ético y la transparencia. En la determinación del régimen de responsabilidad ante incumplimiento de los deberes en las sociedades laborales, se deberá acudir a la normativa de las sociedades de capital.

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The board members of corporation in general, according to their management function and representation of the company, must act in a diligent and loyal way, place the social interest first the other particular purposes; the same applies to board members of the labour societies who also have to attend to the principles and values of the social economy. The 44/2015 de Sociedades Laborales y Participadas Act, includes explicitly, for the first time, a set of specific duties to Labour Companies, requiring responsible conduct from board members, implementing policies or strategies to promote good governance, ethical and transparent conduct. To stablish the liability regime in case of the breach of their duties in labour companies, we must apply Capital Company Act.

El mandato constitucional del fomento cooperativo y su desarrollo legislativo, 40 años después

Juan Miguel Díaz Rodríguez

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El artículo 129 de la Constitución española de 1978 debe ser estudiado mediante una lectura ajena a orientaciones políticas y/o ideológicas parciales y acorde con los valores no de esas específicas líneas de pensamiento sino los consagrados en la propia Constitución. La lealtad constitucional en la interpretación del artículo 129 conduce a unos resultados inequívocos sobre el contenido de dicha norma, gusten o no. Partiendo de esta consideración, se analiza la amplia normativa, tanto estatal como autonómica, en materia cooperativa y que, aparte de la regulación sustantiva de estas, incorpora medidas de apoyo al cooperativismo y se valora si esas medidas son suficientes o no, tanto desde la óptica constitucional como a tenor de las estadísticas económicas. Se hace mención separada de los organismos que han sido creados de forma monográfica para el fomento de la economía social y, en particular, del cooperativismo, poniendo de manifiesto la necesidad de su replanteamiento, porque están más cercanos a posiciones gubernamentales que próximos a la ciudadanía. Además y de forma complementaria, se abordan eternas asignaturas pendientes, como la relativa a la legislación en materia educativa y que debería ser modificada para la incorporación de contenidos novedosos respecto de la economía social y el cooperativismo; o lo referente a los desempleados y la difusión gubernamental del cooperativismo, ya que centrando la atención no tanto en las medidas abstractas actualmente vigentes para el impulso de las cooperativas como en las acciones concretas de difusión del mismo, es conveniente también valorar si desde las correspondientes instancias gubernativas se está cumpliendo el aludido mandato constitucional del artículo 129 que vincula a todos los poderes públicos, entre ellos la Administración Pública en sus diversos órdenes.

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The spanish Constitution of 1978 must be studied through a reading that is alien to partial political and ideological orientations and in accordance with the values consecrated in the Constitution itself. The constitutional loyalty in the interpretation of article 129 leads to unequivocal results on the content of that rule, like it or not. Based on this consideration, the broad normative, both state and autonomous, in cooperative matters is analyzed and, apart from the substantive regulation of these, it incorporates support measures for cooperativism and assesses whether these measures are sufficient or not, both from the constitutional optics. Separate mention is made of the organisms that have been created in a monographic way for the promotion of the social economy and, in particular, of cooperativism, highlighting the need for their rethinking, because they are closer to government positions than to citizens. In a complementary manner, eternal pending subjects are addressed, such as the one related to education legislation and that should be modified for the incorporation of novel contents regarding the social economy and cooperativism; or regarding the unemployed and the governmental diffusion of cooperativism, since focusing attention not so much on the abstract measures currently in force for the promotion of cooperatives, but also on the specific dissemination actions of the same, it is also advisable to assess whether from the corresponding Government bodies are fulfilling the aforementioned constitutional mandate of article 129 that binds all public authorities, including the Public Administration in its various orders.

La reducción legal de la base social cooperativa. Análisis de la tendencia legislativa en las sociedades cooperativas de primer grado: el caso andaluz

Luis Ocaña Escolar y José Manuel Betanzos Martín

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Existe una reciente tendencia normativa que afecta a la definición legal de cooperativa. En concreto, se observan múltiples normas donde se está replanteando cuál ha de ser la participación del capital y cuál debe ser el número mínimo de socios en relación a la actividad societaria. Esta cuestión afecta a los principios y valores esenciales, tradicionales y definitorios del cooperativismo. Analizaremos en el presente artículo las más recientes tendencias legislativas aplicadas al caso andaluz. Y abordaremos el desarrollo de este aspecto legal desde una perspectiva histórico-jurídica que nos permita analizar el fenómeno de huida de los proyectos de agrupación colectiva y la regulación de sociedades mixtas de capital y de personas, lo que afecta a la naturaleza jurídica del fenómeno cooperativo.

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In the current legal framework it can still be observed a tendency that affects the legal definition of cooperative. Specifically, there are some regulations in which the share of capital y the minimum numbers of partners in the corporate activity are being reconsidered. This issue affects the essential, traditional and defining principles and values of cooperativism. In this article we will analyze the most recent legal tendencies in the Andalusian sphere. We will do this approach from a historical-legal perspective which allows us to assess the phenomenon of the disappearance of association projects and the regulation of mixed societies of capital and people, which affects the legal nature of the cooperative phenomenon.

El impuesto de plusvalía y la reestructuración de empresas de economía social

Miguel Ángel Luque Mateo

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Las operaciones de reestructuración de empresas de economía social suelen conllevar transmisiones de inmuebles urbanos sujetas al IIVTNU, salvo que se encuentren acogidas al régimen especial de fusiones y escisiones de la LIS. En cumplimiento de las sentencias del Tribunal Constitucional del año 2017, el Proyecto de Ley presentado en su día incorpora un nuevo supuesto de no sujeción, cuando no se produce incremento de valor del terreno. Sin embargo, dicha propuesta incluye una fórmula de corrección basada en el “valor comprobado” por la Administración autonómica en el ITPAJD y en el ISD que puede generar una enorme conflictividad. Por otro lado, el Proyecto introduce una importante diferencia cuantitativa en el periodo de generación de la plusvalía, en relación con el correspondiente al régimen especial del Capítulo VII del Título VII de la LIS. Ello permite diferentes opciones de planificación fiscal a la hora de proyectar una reestructuración de empresas de economía social.

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Restructuring operations by social economy companies usually entail transfers of urban real estate subject to Tax on the Increase in Value of Urban Land, except when they are subject to Corporation Tax Law on special regimes for mergers and breakups. The Spanish Bill currently processed in the Spanish Parliament, in compliance with 2017 Spanish Constitutional Court decisions, includes a new case of non-subjection to cover when there is not an increase in value of the land. This proposal, however, may cause big disputes because it includes a correction formula based on the “verified value” by the Administration of the Autonomous Communities with respect to Transfer Tax, Stamp Duty and Inheritance Tax. Additionally, the Bill introduces an important quantitative difference within the generation period of the capital gain, in relation to the special regime established in Title VII, Chapter VII of Corporation Tax Law. Thus, allowing different tax planning choices when designing a company restructuring operation.

Algunas cuestiones en relación con el derecho de voto. Especial atención al voto plural en las sociedades capitalistas y cooperativas

Rodrigo Viguera Revuelta

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Dentro del conjunto de derechos y obligaciones que conforma el estatuto jurídico del socio, uno de los aspectos más analizados por parte de la doctrina es el derecho de voto, debido a la relevancia de su contenido y a la litigiosidad que presenta su ejercicio. Con base en su regulación en las sociedades de capital, prevista en la Ley de Sociedades de Capital, nos adentramos –a continuación– en la regulación del mismo en las sociedades cooperativas teniendo en cuenta la variedad de normas al contar en nuestro país con una Ley nacional y dieciséis leyes autonómicas. Mientras que en el ámbito de las sociedades anónimas está vigente el principio de proporcionalidad entre la participación del socio en el capital y su ejercicio del derecho de voto; en las sociedades de responsabilidad limitada este principio de proporcionalidad no es tan estricto y se permite que, a través de las cláusulas estatutarias, se pueda romper la mencionada proporcionalidad entre el capital y el voto. En las sociedades cooperativas se parte del voto por cabeza si bien está permitido, con importantes límites y requisitos, la posibilidad de introducir el voto plural o voto múltiple el cual supone, en la práctica, que determinadas participaciones sociales den derecho a su titular a emitir uno o varios votos, rompiendo de esta forma el axioma de una participación social (un hombre), un voto.

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The voting right is an essential right of the member. Its content is very important in the development of society. Although a public limited Company is governed by strict principle of proporcionality; the sistema contemplated in the limited Company allows to limit the proportional principle by means of a statutory clause. The cooperative society, in general terms, it governs “the one member, one vote” principle; however the plural vote is very present which means breaking the proportional principle.

Transmisión de empresa a los trabajadores organizados en cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales

Juan Escribano Gutiérrez

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Las empresas de trabajo asociado han sido consideradas, tradicionalmente, como instrumentos idóneos para la creación y mantenimiento de trabajo de calidad. En momentos de crisis como los acaecidos a comienzos de la década pasada, se retoman las medidas normativas tendentes a su potenciación. Partiendo de esta consideración, se pretende llevar a cabo un análisis de los diferentes instrumentos jurídicos que facilitan el acceso de los trabajadores a la titularidad de las empresas en las que desempeñan su trabajo por cuenta ajena. Tras dicho análisis, se llega a la conclusión de que, en muchas ocasiones, tales instrumentos terminan siendo contraproducentes, toda vez que debilitan la posición de los trabajadores implicados en dichos procesos de transferencia empresarial sin ser, necesariamente, efectivos en la consecución del objetivo de facilitar el acceso de los trabajadores a la titularidad de la empresa.

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The associated work companies have traditionally been considered as suitable instruments for the creation and maintenance of quality work. In times of crisis such as those that occurred at the beginning of the last decade, the normative measures aimed at their empowerment are retaken. Based on this consideration, it is intended to carry out an analysis of the different legal instruments that facilitate the access of workers to the ownership of companies in which they carry out their work as employees. After this analysis, it is concluded that, in many cases, the instruments end up being counterproductive, since they weaken the position of the workers involved in these business transfer processes without necessarily being effective in achieving the objective of facilitating the access of the workers to the ownership of the company.

Sobre la noción de interés social en las sociedades cooperativas y los principios cooperativos

Belén García Álvarez

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El concepto de interés social en una sociedad cooperativa como interés de la sociedad ni está definido ni concretado legalmente. La delimitación de la noción de interés social resulta muy relevante porque es en definitiva el criterio rector del régimen de impugnación de los acuerdos sociales y de la responsabilidad de los miembros del Consejo Rector en caso de infracción de su deber de lealtad. En este ámbito hay que tener en cuenta principalmente los valores y, sobre todo, los principios cooperativos que se recogen en mayor o menor medida en la legislación aplicable a las sociedades cooperativas.

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The concept of society interest in a cooperative as an interest of society is neither defined nor legally specified. The delimitation of the notion of society interest is very relevant because it is the basic criterion of the legal system of challenging society agreements and the responsibility of the members of the Governing Board in case of breach of duty of loyalty. In this context, it is necessary to take into account mainly the cooperative values and principles that are included in the applicable laws to cooperative societies.

El fomento de la integración de las cooperativas agroalimentarias andaluzas a través del reconocimiento como entidad asociativa prioritaria agroalimentaria

Daniel Hernández Cáceres

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Desde la Comunidad Autónoma de Andalucía, siguiendo la línea de otras medidas públicas estatales y autonómicas, se ha desarrollado el Decreto 188/2017 por el que se regulan las entidades asociativas prioritarias agroalimentarias de Andalucía. Mediante el reconocimiento como Entidad Asociativa Prioritaria de Andalucía se pretende conseguir, a través de procesos de integración, un aumento de dimensión de las cooperativas y de otras entidades de carácter agroalimentario andaluzas, el cual es necesario para paliar la falta de nivel competitivo de estas en el mercado internacional. La obtención de este calificativo proporcionará acceso preferente a subvenciones y ayudas a aquellas entidades que cumplan con requisitos como ostentar una determinada forma jurídica, tener una implantación y realizar la actividad económica de forma mayoritaria en Andalucía, comercializar de forma conjunta la totalidad de la producción, o, posiblemente el más influyente, cumplir con unas cuantías mínimas de facturación.

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From the Autonomous Community of Andalusia, following the ideas of other public measures from the national and regional level, the Decree 188/2017 by which the agro-alimentary associative priority entities of Andalusia are regulated has been developed. Through recognition as a Priority Association of Andalusia, it is intended to achieve, through integration processes, an increase in the size of cooperatives and other Andalusian agri-food entities, which is necessary to alleviate the lack of competitive level of these in the international market. Obtaining this qualification will provide preferential access to subsidies and aids to those entities that meet requirements such as having a certain legal form, having an implantation and carrying out the economic activity in a majority way in Andalusia, jointly marketing of the entire production, or, possibly the most influential, complying with minimum amounts of turnover.

El ánimo de lucro y la profesionalidad en el ámbito de la economía colaborativa

Pablo Fernández Carballo-Calero

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El presente artículo estudia los cambios que ha experimentado el concepto de economía colaborativa con una especial atención a dos aspectos controvertidos susceptibles de condicionar la propia naturaleza del modelo: el ánimo de lucro y la intervención de prestadores de servicios profesionales. A estos efectos se examinan críticamente los textos que han abordado la economía colaborativa procedentes tanto de la CNMC como de las instituciones comunitarias, así como diversas aportaciones doctrinales orientadas a delimitar su perfil. La mera identificación de la economía colaborativa con la economía digital o de plataformas plantea diferentes escenarios, pero también incertidumbres y retos que deben ser afrontados por el legislador.

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This paper aims to study the changes that the concept of collaborative economy has suffered, especially focusing on two of the most controversial elements able to condition the very legal nature of the model: the profit motive and the intervention of professional services providers. For this purpose, the study contains a critical examination of the texts that have tackled the collaborative economy both from the CNMC and from the European institutions. Moreover, diverse doctrinal contributions that have identified the limits of the new economic model are analysed. The bare identification between collaborative economy and digital or platforms economy presents not only different scenarios but also uncertainties and challenges that should be faced by the legislator.

Recensiones

Amalia Rodríguez González y Itziar Villafáñez Pérez (coordinadoras)

Derecho cooperativo latinoamericano

Ane Etxebarria Rubio

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Régimen jurídico del Voluntariado y de la Cooperación al Desa­rrollo. Estudios sobre Derecho y Bienestar Social

Amalia Ro­dríguez González

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Cooperativas de enseñanza. Régimen jurídico y económico: aspectos estratégicos

Paula de Iscar de Rojas

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El cooperativismo en Cuba. Situación actual y propuestas para su regulación y fomento

Itziar Villafáñez Pérez

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Encrucijadas y retos europeos en la regulación jurídica de la Fun­dación en España

Amalia Rodríguez González

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Estudio sistemático del principio cooperativo de gestión democrática. Su aplicación práctica en un modelo de empresa eficiente

Mª Soledad Fernández Sahagún

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Código Cooperativo Anotado

Amalia Rodríguez González

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Reseñas de publicaciones de carácter jurídico sobre entidades de Economía Social

Amalia Rodríguez González y Itziar Villafáñez Pérez (coordinadoras)

Año 2018

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Reseñas de legislación sobre entidades de Economía Social

Diciembre 2018 – Mayo 2019 / Gemma Fajardo García

Legislación Estatal

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Legislación Autonómica

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