Revista Nº 22 Diciembre 2011

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Artículos

El régimen jurídico del cambio de las cajas de ahorros españolas

María Jesús Peñas Moyano

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Dos son las normas fundamentales a tener en cuenta en la transformación habida en las cajas de ahorros españolas: el Real Decreto-Ley 11/2010, de 9 de julio, diseñando un nuevo modelo organizativo basado en gran parte en la posibilidad otorgada a las cajas de optar por el ejercicio de toda su actividad financiera a través de un banco controlado por ella al tener, al menos, el 50 por cierto de su capital, o acordar su transformación en una fundación de carácter especial en determinados supuestos, traspasando su negocio financiero a un banco. Junto a ella, el Real Decreto-Ley 2/2011, de 18 de febrero, para el reforzamiento del sistema financiero, que limita enormemente las posibilidades de actuación otorgadas a las cajas que no alcancen determinados porcentajes de solvencia, que necesariamente deberán transformarse en bancos, cuando sean participadas por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria

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There are two basic rules to consider the transformation given in Spanish savings banks: the Royal Decree-Law 11/2010 of 9 July, designing a new organizational model that is based largely on the possibility that savings banks will have to opt for to do of all financial activity trough a bank controlled by it if it has at least of the 50 percent of their capital, or agree their transformation on a foundation of special character in certain cases, shifting their financial business to a bank. Beside her, the Royal Decree Law 2 / 2011 of 18 February, for strengthening the financial system, which greatly reduces the possibility of action granted to savings Banks that do not meet certain percentages of solvency, which must necessarily become banks when they are owned by the Spanish Fund for the Orderer Reestructuring of the Banking Sector (FROB)

En torno al concepto y la caracterización jurídica de la empresa (rectius: sociedad) de inserción

Alfonso Cano López

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Con un considerable retraso, la Ley 44/2007, de 13 de diciembre establece el marco legal de la empresa de inserción. Una técnica societaria dirigida a permitir una eficiente agregación de esfuerzos diversos –públicos, privados, particulares, generales- en torno al común desarrollo de una actividad empresarial intensiva en el recurso al factor trabajo e ineludiblemente vinculada a un objetivo de interés general constitucionalmente (vid. art.9 CE) diseñado: la promoción de la inserción laboral de las personas en situación de exclusión social. La, a nuestro juicio, errada opción legal de abrir un unitario modelo de empresa a una pluralidad de formas jurídico societarias (vid. art.4 LEI) es la causa de un buen número de problemas. No siendo el menor acometer la necesaria delimitación del perímetro conceptual de la propia figura, objeto de estas páginas. La complejidad inherente a esta vieja forma societaria de un nuevo tipo de empresa de economía social, nos ha obligado a transitar desde una perseguida doble conceptualización, económica y jurídica, a una triple caracterización jurídica de la figura: funcional, tipológica y dogmática

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After a considerable delay, Spanish Law 44/2007 of 13th December establishes a legal framework for social insertion enterprises (empresas de inserción). This business set-up is aimed at enabling the efficient combination of various efforts – public, private, individual, general – based on the communal development of an intensive business activity with recourse to employment, which is inextricably linked to a general-interest objective enshrined in Article 9 of the Spanish Constitution: to promote the insertion of socially excluded persons in the workplace. The, in our opinion, misguided legal option of opening a unitary company model to a plurality of legal company forms (cf. Art. 4 of the LEI) is the cause of a good number of problems, not the least of which is how to tackle the necessary definition of the conceptual boundaries of such an enterprise, which is explored in these pages. The complexity inherent in using this old business set-up for a new type of company in the social economy has obliged us to move from a sought-after double conceptualisation – economic and legal – to a three-way legal characterisation of the form in terms of function, typology and dogma

Aportaciones exigibles o no exigibles: ésa es la cuestión

Carlos Vargas Vasserot

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El estudio analiza las consecuencias y efectos del cambio de calificación contable de las aportaciones de los socios al capital social de las sociedades cooperativas y, en particular, la reforma del derecho de reembolso para posibilitar su consideración como fondos propios. Junto a un análisis del contenido de la Orden EHA/3360/2010 por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas, se realizar un estudio crítico de la reforma del régimen del capital social acometido por las leyes cooperativas españolas. Finalmente se abordan los efectos financieros derivados de mantener el criterio tradicional del carácter exigible de las aportaciones sociales (repercusión en la imagen financiera, dificultad de financiación externa, solvencia, etc.) y, de manera especial, el hipotético riesgo de incurrir en causa de disolución de la cooperativa y la posible responsabilidad de los administradores de la entidad por no instarla en plazo

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This paper examines the consequences and effects of accounting reclassification of members’ contributions to co-operatives share capital and, in particular, reform of the reimbursement right to allow its consideration as equity. Along with the analysis of EHA/3360/2010 Order, that approves the rules on the co-operative accounting, we proceed to a critical study of the reform of share capital undertaken by the Spanish co-operative law. Finally, it is addressed the financial effects resulting from maintaining the traditional criterion of the members’ shares payable character (impact on the commercial reputation, difficulty in getting external funding, solvency, etc..) And, especially, the hypothetical risk of incurring on cause of dissolution of the co-operative and the entity directors potential liability for not to urge it on time

Los acuerdos intercooperativos. Un instrumento jurídico para la colaboración en momentos de crisis económica

Luis Ángel Sánchez Pachón

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En un escenario de crisis económica en el que se tienen que desenvolver las cooperativas, donde siguen coexistiendo las rigurosas reglas de la competitividad y del mercado, recobran interés las estrategias empresariales ligadas al fenómeno de la intercooperación. Reestructuraciones o reorganizaciones demandadas por exigencias competitivas se esgrimen para justificar la necesidad de procesos de integración o de colaboración que adapten el cooperativismo al nuevo marco económico. La legislación cooperativa enuncia distintos instrumentos normativos que pueden facilitar esos procesos. Delimitadas sus formas jurídicas, nos centramos en los acuerdos intercooperativos, en sentido estricto, como instrumentos de colaboración económica que, aunque parca y desigualmente previstos en nuestra legislación cooperativa, pueden constituir una oportunidad que de alguna manera respondan a aquellas necesidades. Ciertas iniciativas que recientemente se nos ofrecen en el entorno cooperativo quizá puedan servir de ejemplo e impulso a la deseable colaboración o cooperación entre cooperativas

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In a scene of economic crisis in which the cooperatives have to be unrolled, where there continue coexisting the rigorous rules of the competitiveness and of the market, the managerial strategies recover interest tied to the phenomenon of the intercooperation. Restructurings or reorganizations demanded by competitive requirements are used to justify the process need of integration or of collaboration that they adapt the cooperativism to the new economic frame. The cooperative legislation enunciates different normative instruments that can facilitate these processes. Delimited his juridical forms, we centre on the intercooperative agreements, on strict sense, as instruments of economic collaboration that, though laconic and unequally foreseen in the Spanish cooperative legislation, they can constitute an opportunity that somehow they answer to those needs. Certain initiatives that recently offer us in the cooperative environment probably could use as example and impulse to the desirable collaboration or cooperation between cooperatives

El régimen fiscal especial de las cooperativas y su compatibilidad con la normativa sobre ayudas de Estado

Mª Belén Bahía Almansa

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Las sociedades cooperativas —a diferencia de las sociedades de capital— tienen una serie de limitaciones en cuanto a las facultades de disposición, gestión empresarial y reparto de beneficios, consecuencia de la peculiar configuración en la titularidad del capital, y que se manifiestan en una serie de rasgos propios, como la distribución limitada de beneficios y la necesidad de dotación de unos fondos de reserva obligatorios. Estas limitaciones, que derivan de su propia naturaleza y de la importante finalidad social que están llamadas a cumplir dichas entidades en el momento actual, justifican en gran medida el régimen fiscal especial al que están sometidas.
Este régimen fiscal especial ha sido valorado positivamente por la doctrina, que lo ha calificado de equilibrado y razonablemente discriminatorio. Ahora bien, en nuestra opinión, este régimen debe ser analizado a la vista de la normativa comunitaria sobre ayudas de Estado, dado que —como determinaremos— en esta tributación especial, y en principio más beneficiosa, podría observarse la presencia de una ayuda prohibida por la normativa comunitaria, normativa que, como sabemos, cada vez adquiere mayor importancia y es de obligada aplicación

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As a result of their particular capital ownership makeup, cooperatives -– unlike capital-based companies – are subject to a series of limitations on their powers of disposal, business management and profit distribution that find their expression in a series of characteristic features such as limited profit distribution and the need to endow obligatory reserve funds. These limitations, which spring from their nature and the important social purpose they are called upon to fulfil at this time, to a large extent justify the special tax regime for cooperatives.
Legal opinion has been favourable to these special fiscal arrangements, calling them balanced and reasonably discriminatory. In the author’s opinion, however, this system should be analysed in the light of the European Union rules concerning state aid, which are binding and increasingly important, since it might be possible to detect a type of aid that is forbidden by the rules in this special regime which in principle seems more advantageous.

El estatuto jurídico-profesional de los socios trabajadores en la proyectada reforma de las sociedades laborales

Faustino Cavas Martínez y Alejandra Selma Penalva

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El objeto del presente estudio no es otro que analizar las peculiaridades del régimen profesional de los socios trabajadores en las sociedades laborales y las perspectivas de cambio que se perfilan en el proyecto de reforma de la Ley que regula este específico tipo de sociedades de capital. La figura del socio trabajador, siempre compleja, constituye en realidad un híbrido entre la figura del trabajador por cuenta ajena y el socio industrial, pues teniendo la naturaleza jurídica de socio, la ley le reconoce los derechos y las garantías de las que disfruta como trabajador dependiente, incluyendo el derecho a afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social. Ahora bien, el modelo actual ha resultado ser insuficiente para dar respuesta a las nuevas demandas sociales de potenciación del autoempleo y, por ese motivo, se reclama una revitalización de esta figura con el fin de facilitar la creación de oportunidades laborales en épocas de crisis, a cuyo efecto se propone la introducción de ciertos ajustes en la Ley de Sociedades Laborales

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The object of this study is not other than to analyze the peculiarities of the professional regime of the workers members in the labours companies and changing perspectives that are prepared on the project of reform of the Law that regulates this specific type of capital companies. Workers member´s figure, always difficult, actually constitutes an hybrid between the worker foreign account figure and the industrial partner, so having the juridical nature of partner, the law recognizes him the rights and the guarantees which he enjoys as dependent worker, including the right to affiliate to the General Regime of the National Health Service. Now then, the current model has turned out to be insufficient to give response to the new social demands of involution of the autoemployment and that´s becouse there are pleases to promote this figure in order to facilitate the creation of labor opportunities in crisis times, to whose effect proposes itself the introduction of certain adjustments in the Law of Labor Companies

Comentarios a jurisprudencia

La adjudicación y venta de parcelas como objeto social de las cooperativas de viviendas

Gemma Fajardo García

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Deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de las dotaciones a la obra benéfico-social de las Cajas de Ahorro

Consuelo Fuster Asencio

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Calificación a efectos del IVA de la derrama especial exigida a los cooperativistas de la PSV en ejecución del plan de viabilidad

Mª Pilar Bonet Sánchez

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Reseñas de jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre entidades de Economía Social

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Índice sistemático

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Índice cronológico

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Reseñas de legislación sobre entidades de Economía Social

Agosto 2010 - Mayo 2011 | Gemma Fajardo García

Legislación Estatal

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Legislación Autonómica

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