Revista Nº 30 Junio 2017

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Artículos

María José Senent Vidal (coordinadora)

Compromiso social de la empresa y mercado

Igone Altzelai Uliondo

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En este trabajo analizaremos dos vías diferentes de generar contribución a la sociedad o al medioambiente que desarrollan las empresas: la responsabilidad social empresarial y la empresa social. Nos proponemos examinar sus principales caracteres y sus diferencias y observar cómo encajan unas y otras con nuestro sistema jurídico basado sobre una economía de mercado. Al efecto, destacaremos algunos problemas con que pueden toparse estas iniciativas empresariales y considerar las posibles soluciones.

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The paper addresses two different ways developed by enterprises to generate society or social or environmental giving: corporate social responsibility and social business. It is aimed to analyse their key features and contrast them. The article seeks to monitor how they fit with our market economy legal system. In this regard, certain problems have been identified considering possible solutions.

Principios y valores cooperativos, igualdad de género e interés social en las cooperativas

Itziar Villafáñez Pérez

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Partiendo de que el interés social de las cooperativas queda vinculado de forma principal a la finalidad mutualista de éstas, en el presente trabajo se defiende que los valores y principios cooperativos, así como la igualdad de género como parte integrante de éstos, también serían parte integrante de aquél. Se analizan las posibles consecuencias jurídicas de tal conclusión, señalando asimismo la problemática de su aplicación, y apuntando unas posibles vías de solución.

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This essay analyzes whether cooperative principle and values, and the promotion and protection of gender equality as an integral part of them, integrate the corporate interest of cooperatives. Assuming that corporate interest of cooperatives is mainly linked to their mutual purpose, that interpretation is defended. The paper presents the legal consequences of this conclusion, as well as the problems in order to apply them, and points some ways to possible solutions.

La participación de los trabajadores en el capital social de las sociedades laborales y sus posibles formas de financiación

Encar­nación García Ruiz

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Las sociedades laborales son sociedades anónimas o limitadas que por su dimensión social se hacen acreedoras de una específica legislación a la vez que sirven de modelo de empresas participadas en Europa. No en vano, «La Estrategia Europa 2020» reconoce su positivo impacto económico, social y medioambiental en un mercado competitivo. Su modelo de gestión se organiza con base en los principios democráticos que buscan una mejor distribución de las ganancias y una mayor reinversión beneficiosa para la comunidad. En definitiva, son sociedades de capital que anteponen las personas a la maximización del beneficio económico. De ahí que su régimen jurídico vaya encaminado en esa dirección. No obstante, estas sociedades no están exentas de dificultades y una, de las que ha venido agravándose con el tiempo, ha sido la falta de técnicas suficientes y eficientes que permita a los trabajadores acceder a la adquisición de los títulos que representan el capital social. Algunas de esas técnicas han sido reconocidas en la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, mientras otras se mantienen en estudio. Nuestro propósito ha sido analizar tanto las modificaciones introducidas por la Ley 44/2015, en torno al capital social y a los títulos que lo representan, como ocuparnos de posibles fórmulas de acceso de los trabajadores al capital social, enmarcadas en el nuevo modelo de gobernanza exigido a las sociedades laborales.

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Labour societies are stock companies or limited companies that by their social dimension deserve their own regulation while serving as a model of participatory societies in Europe. Not in vain ‘Europe 2020 Strategy’ recognizes the positive economic, social and environmental impact in a competitive market. Its management model is organized on the basis of democratic principles seeking a better distribution of income and greater reinvestment on the benefit for the community. In short, they are companies that put people first instead of maximizing economic benefit. Hence their legal regime aimed go in that direction. However, these companies are not exempt from difficulties and one that has been worsening over time has been the lack of adequate and efficient techniques that allow workers access to the acquisition of securities representing the shareholder equity. Some of these techniques have been recognized in the Act 44/2015, of 14 October, Labour and participatory societies, others remain under study. Our purpose is to analyze both, the modifications by Act 44/2015, around the shareholder equity it the titles that represent; and the formulas of workers for accessing to shareholder equity, part of the new governance model required to labour societies.

La nueva regulación legal de la separación y la exclusión de socios en las sociedades laborales

Mercedes Sánchez Ruiz

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La Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas (en adelante, LSLP) contiene una regulación específica sobre la separación y la exclusión de socios en las sociedades laborales. La nueva Ley regula, en particular, las causas, el procedimiento aplicable y los efectos de ambas figuras en este tipo de sociedades. El artículo analiza dicho régimen especial, así como también aquellas normas generales sobre separación y exclusión de socios en las sociedades de capital que resultan aplicables en este ámbito, previstas en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de sociedades de capital.

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The spanish new rules concerning the employee-owned companies (Ley 44/2015, de 14 de octubre, de sociedades laborales y participadas) contain provisions with respect to members’ appraisal right (“separación”) and the companies’ power to force the squeeze-out of the members (“exclusion”). The law regulates the specific causes, procedures and effects connected to the exercise of the two remedies in this kind of companies. The paper analyzes these issues, considering simultaneously the general regulation on public and privates companies (“SA” and “SL”) to be applied in this area (included in the “Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de sociedades de capital”).

Cooperatives under dutch law – a flexible format not only for farmers

Barbara Bier

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La cooperativa holandesa es una entidad jurídica muy flexible bajo la ley holandesa. Su principal restricción radica en el propósito obligatorio que una cooperativa debe tener según la ley holandesa. Este debe ser satisfacer ciertas necesidades materiales (económicas) de sus miembros, en virtud de contratos, distintos de los de seguro, celebrados con sus miembros. Tales contratos deben estar en la línea del negocio que la cooperativa desarrolla o hace que se desarrolle, para el beneficio de sus miembros. Hay muchas maneras de organizar una cooperativa y diseñar la estructura de gobierno óptima para una cooperativa concreta. Tres modelos básicos de gobernanza se utilizan frecuentemente: el modelo tradicional, el “modelo de reloj de arena” y el modelo de consejo de supervisión + consejo de dirección. Si bien el capital de una cooperativa holandesa no está dividido en acciones, existen formas de atraer capital (externo) y de otorgar ciertos derechos de distribución a los proveedores de capital.

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The Dutch cooperative is a very flexible legal entity under Dutch law. The main restriction concerns the mandatory purpose of a cooperative under Dutch law. This must be to provide in certain (economic) material needs of its members by virtue of contracts, other than insurance agreements, entered into with its members. These contracts must be in the course of the business that the cooperative operates or causes to be operated for the benefit of its members. There are many ways to structure a cooperative and to design the optimal governance structure for a particular cooperative. Three base governance models are used frequently, the traditional model, the hourglass- model and the supervisory board +/ board of management model. Although Dutch law does not provide that a cooperative has capital divided in shares, there are ways to attract (outside) equity and to grant the equity providers certain distribution rights.

Regime jurídico das cooperativas de trabalho em Portugal: estado da arte e linhas de reforma

Deolinda Meira, André Almeida Martins y Tiago Pimenta Fernandes

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Este texto apresenta linhas de reforma do regime jurídico das cooperativas de trabalho, que tenham em consideração o estatuto específico do cooperador trabalhador. As propostas legislativas são delineadas com base nas conclusões do estudo sobre «As relações de trabalho nas cooperativas em Portugal», realizado no âmbito do Programa Internacional denominado «Estatuto jurídico de los trabajadores-socios de cooperativas y otras organizaciones de la economía social y solidaria». Os dados do estudo empírico do projeto demonstram a existência de uma autorregulação por parte das cooperativas, a qual se tem traduzido na aplicação aos cooperadores trabalhadores de um regime juslaboral. Acresce que a análise da doutrina e da jurisprudência portuguesas produzidas sobre as relações de trabalho nas cooperativas evidenciou a existência de grandes oscilações quanto à questão da natureza jurídica do vínculo que une cooperador trabalhador e cooperativa.

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This paper offers reform lines of the legal regime of worker cooperatives, which take into account the specific status of co-operator-worker. The legislative proposals are outlined on the basis of the conclusions drawn from the study on «Employment relations in Portuguese cooperatives», held under the International Program entitled «Legal status of workers – members of cooperatives and other organizations of the social and solidarity economy”. The data of the empirical study of the project demonstrate the existence of self-regulation by the cooperatives, which has translated into the application to workers co-operators of a labour law regime. Moreover, the analysis of the Portuguese doctrine and jurisprudence produced on the labour relations in the cooperatives evidenced the existence of great oscillations as to the question of the legal nature of the bond between a co-operator worker and a cooperative.

Problemática del depósito de las cuentas anuales y del informe de auditoría en el Registro de sociedades cooperativas

Amaia Zubiaurre Gurruchaga

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El Registro de sociedades cooperativas estatal se encuentra regulado, en parte, en la Ley Coop. estatal y, principalmente, en el RRSC que desarrolla lo dispuesto en la Ley Coop. A su vez, existen Registros de sociedades cooperativas en las Comunidades Autónomas los cuales se encuentran regulados en sus respectivas Leyes de sociedades cooperativas y, en muchos casos, en sus Reglamentos sobre Registros de sociedades cooperativas. El Registro estatal de cooperativas, entre otras cuestiones, se ocupa del depósito de las cuentas anuales de las sociedades cooperativas. El presente trabajo comenzará con el estudio del Registro de sociedades cooperativas de ámbito estatal donde deben inscribirse las cooperativas. Posteriormente, se ocupará de la contabilidad y formulación de las cuentas anuales de las sociedades cooperativas, aunque no se abordarán los aspectos materiales-contables en torno a la especialidad de los recursos propios en la sociedad cooperativa. Finalmente, se analizará el depósito de las cuentas anuales y el informe de auditoría en el Registro de sociedades cooperativas y, en su caso, en el Registro Mercantil. A lo largo de todo el trabajo se prestará especial atención a la problemática que supone la coexistencia del Registro de sociedades cooperativas de ámbito estatal, los Registros de sociedades cooperativas autonómicos y el Registro Mercantil, quedando patente la necesidad de una mayor coordinación entre dichos Registros y la necesidad de que se implante un sistema más eficaz que asegure el cumplimiento de la obligación de depósito de cuentas anuales de las sociedades cooperativas.

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State Cooperative societies Registry is regulated, in part, on the state Cooperatives Act and, mainly, in the Cooperative societies Registry Regulation which develops the Cooperatives Act. In turn, there are cooperative societies Registries in each region which are regulated by their respective Cooperative societies Act and, in many cases, in the Cooperative societies Registry Regulations. The State Cooperatives Registry, among other matters, deals with the deposit of annual accounts. The current paper will begin by the study of the Registry where cooperatives must register and the obligation of registration in the Commercial Registry. Subsequently, the accounting and preparation of annual accounts although the material-accounting aspects regarding the specialty of the own resources in the cooperative society will not be addressed. Finally, we will analyse the deposit of the annual accounts and the audit report in the Cooperative societies Registry and, where appropriate, in the Commercial Registry. Throughout the work, we will pay special attention to the problems involved in the existence of cooperatives societies Registries together with the Commercial Registry, making clear the need for greater coordination between these Registries and the need for a more effective system to ensure compliance with the obligation to deposit annual accounts of cooperative societies.

El modelo subvencional para el fomento del cooperativismo, a debate. Especial referencia a la situación en la comunidad autónoma del País Vasco

Itxaso Gallastegi Ormaetxea

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La figura de la subvención pública está hoy más alejada que nunca del objetivo para el que fue creada, a saber, promover actividades de interés general que puedan llevar a cabo los particulares. Y es que, a las diversas irregularidades en su concesión, renovación y pago destapadas últimamente, se les une la falta de una clara voluntad política e institucional por adecuarla a las verdaderas necesidades de nuestro tiempo. Orientarla hacia la responsabilidad corporativa, en el sentido más amplio, de las entidades incentivadas disiparía, desde luego, cualquier duda en torno a su idoneidad como técnica eficiente de intervención administrativa; lo que, a su vez, ampliaría las opciones de las sociedades cooperativas de ser beneficiarias, por pasar a considerar y, por ende, a fomentar, decididamente, bien su vocación de servicio público, bien su compromiso con las personas y con su entorno social.

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The public subvention’s figure is nowadays further away than ever from the purpose it was created for, namely, promoting general interest activities that can be performed by particulars. Indeed, to the several irregularities uncovered in its granting, renewal and payment recently, is added the lack of a clear political and institutional will to adapt it to the real needs of our time. Guiding it towards the corporate responsibility, in the broadest sense, of the incentivized entities would dissipate, of course, any doubt about its suitability as an efficient administrative intervention technique; which, at the same time, would expand the options of cooperative societies to be beneficiaries, by going to consider and thus to encourage, decidedly, both their vocation of public service and their commitment to the people and their social environment.

Cooperativas en Canarias: el caso del sector vitivinícola

Juan Manuel Dieste Cobo

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La actual normativa sobre cooperativas en nuestro entorno tiene como tendencia asimilar estas organizaciones a las sociedades mercantiles. Se intenta promover la creación de cooperativas de mayor entidad y alcance a través de la fusión entre ellas o su integración con otras formas societarias. Este artículo analizará en qué grado dichos objetivos son compatibles con los valores y principios cooperativos tradicionales. Además, y mediante un estudio de caso, se incorporará al análisis el contexto en el que se desarrolla la actividad cooperativa en Canarias, centrándonos en el sector vitivinícola, para llegar a conclusiones sobre la eficacia de la legislación actual en fomentar la creación de entidades de Economía Social, y especialmente las cooperativas.

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Current cooperatives legislation in Europe and Spain, tends to emphasise co-operative society as an Enterprise by giving them a similar regulation. Lawmakers are trying to promote large cooperatives through mergers and alliances with others corporations, so that they can move one step further their local dimension. This article will consider how this tendency could be made compatible with the tradicional values and principles of the cooperative movement. Besides that, using a case study, focusing on the Canarian wine sector, regional contexts will be incorporated into the analysis, in order to conclude if our legal framework actually encourage social economy entities and, specifically, the co-operative societies.

Recensiones

Itziar Villafáñez y Amalia Rodriguez (coordinadoras)

Cooperativa y concurso. Estudio de las relaciones jurídicas con sus socios, de Itziar Villafáñez Pérez

Amalia Rodríguez González

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Las Sociedades cooperativas y la adaptación de sus principios al mercado, de Antonio José Macías Ruano

Amalia Rodríguez González

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La fusión de cooperativas, de Cristina Cano Ortega

Luisa María Esteban Ramos

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El poder de decisión del socio en las sociedades cooperativas; la Asamblea General, de Miguel Ángel Santos Domínguez

Itziar Villafáñez Pérez

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Reseñas de publicaciones de carácter jurídico sobre entidades de Economía Social

Itziar Villafáñez y Amalia Rodriguez (coordinadoras)

Año 2016

Amalia Rodríguez González y Itziar Villafáñez Pérez

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Reseñas de jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre entidades de Economía Social

1 enero 2017 – 31 junio 2017 / Jesús Olavarría Iglesia

Texto completo

Jesús Olavarría Iglesia

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Índice sistemático

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Índice cronológico

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Reseñas de legislación sobre entidades de Economía Social

Diciembre 2016 – Mayo 2017 / Gemma Fajardo García

Legislación Estatal

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Legislación Autonómica

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Documentación

The Principles of European Cooperative Law according to SGECOL / Los Principios del Derecho Cooperativo Europeo según SGECOL

Gemma Fajardo, Antonio Fici, Hagen Henrÿ, David Hiez, Deolinda Meira, Hans-H. Münkner y Ian Snaith

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